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Circular 4/1996 de 9 de febrero


 
CON DOLOR Y VERGÜENZA

          Nos vemos asaltados una vez más por la barbarie de los que no tienen más razón que la sin razón, siempre dolorosa, pero más si cabe cuando afecta a alguien cercano a nosotros, por su profesión de Abogado y por haber sido Colegiado nuestro. Mi agradecimiento a todos, Abogados, Jueces, Procuradores, Funcionarios, etc., que en los lugares de concentración, en sus puestos de trabajo o en su corazón, el día de ayer dedicaron un minuto de silencio en memoria del compañero asesinado. Uno más, triste, pero honrosamente, en la lista de  Abogados que han perdido la vida en manos de quienes no pueden soportar la existencia de derechos ajenos y de quienes dedican su vida a defenderlos. Gracias de corazón. 
  
   

APELACIONES CON NOTAS

          Con cierta frecuencia recibimos quejas de compañeros que acuden a una vista como apelados y se encuentran con que la parte apelante pretende realizarla con notas sin haber mediado previo aviso. A la vista de ello, estimamos oportuno reiterar ciertas aclaraciones, que ya se han hecho otros años. 

          .- Las Leyes procesales preven en ciertos procedimientos la forma de sustituir por notas el informe oral. 

          .- Fuera de dichos supuestos, ninguna Ley procesal ampara el que el informe oral pueda ser "realizado" mediante notas escritas, por lo que ningún Abogado está obligado a aceptar actuaciones no previstas procesalmente y tiene todo el derecho a exigir que los informes sean orales. 

          .- Sin perjuicio de lo anterior, cuando las circunstancias o incluso la mejor defensa de los intereses encomendados aconsejen "aceptar" ciertos usos derivados de la costumbre o la búsqueda de una mayor agilidad, el Abogado de la parte apelada tiene derecho a disfrutar los mismos medios de defensa que tendría en una vista oral, lo que supone conocer los argumentos del apelante antes de estructurar y emitir los propios. 

          .- Quiere ello decir que, caso de pretenderse la utilización de notas escritas, uso que no puede ser avalado en modo alguno desde la Junta de Gobierno, el Abogado apelante deberá solicitar la previa conformidad del Abogado de la parte apelada y en su caso hacerle entrega de sus notas con veinticuatro horas de antelación a la vista. 

          .- La Junta de Gobierno insiste en la necesidad de velar por la pureza del procedimiento, garantía a fin de cuentas de los derechos de los litigantes, y la conveniencia por ello de realizar las actuaciones procesales en la forma en que están procesalmente previstas. 
  
  

JURISPRUDENCIA ARAGONESA

          Superadas las dificultades que nos habían impedido cumplir nuestros objetivos en el plazo deseado, hemos conseguido por fin terminar y editar la Jurisprudencia Aragonesa correspondiente al año 1993, un ejemplar de la cual puede ser retirado en el Colegio. Los residentes en los partidos judiciales podrán hacerlo en sus respectivas Salas de Letrados a partir del próximo día 20, si no han retirado antes su ejemplar en las oficinas del Colegio. A los residentes fuera de la provincia que así lo soliciten, se les enviará por correo contra reembolso de los gastos de envío. 
  
  

NUEVA PUBLICACIÓN DEL COLEGIO

          A iniciativa de nuestro compañero Miguel Monserrat, que además ha asumido la tarea de traducirlo del francés, hemos acometido la publicación de un libro tan relacionado con nuestro Colegio como es el de "IVO DE TRÉGUIER" patrón de un buen número de Colegios de Abogados en todo el mundo, entre ellos el nuestro. El libro se presentará el próximo día 19 de febrero, a las 13 horas, en el Salón de Actos del Colegio, según consta en la invitación que te adjunto y espero contar con tu presencia. Los interesados en adquirir algún ejemplar podrán hacerlo al precio de 1.000.- pesetas. 
  
  

USO DE LAS SALAS COLEGIALES

          Todos sabéis que las instalaciones colegiales están para utilizarlas y cuanto más mejor, pero ha de tenerse en cuenta que son limitadas y en determinadas circunstancias pueden resultar insuficientes para todos los interesados. Es lo que está ocurriendo estos días en que muchos grupos del Curso de Acceso al Turno de Oficio hacen o preparan las prácticas en el Colegio. No hay ningún inconveniente, todo lo contrario, pero es necesario que se avise con antelación, para cerciorarse que se dispone de una sala vacante a la hora deseada. A tales efectos recordamos que por la mañana hay disponibles hasta 8 salas, más las aulas del Centro de Formación, y por la tarde 6, y que el Colegio se cierra a las 21 horas. 
  
  

NORMAS DE NONORARIOS

          Van a cumplirse 5 años desde la aprobación de los vigentes Criterios Orientativos en Materia de Honorarios. Haciendo uso de la Disposición que le faculta para ello, la Junta de Gobierno ha acordado proceder a su revisión, actualizando cuantías e introduciendo conceptos hoy no previstos. A tal efecto se ha constituido una Comisión de Trabajo a la que pueden remitirse cuantas sugerencias parezcan oportunas 
  
          Un cordial saludo. 
  
  

EL DECANO