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Circular del T.O. 7/2017 de 21 de abril


ACTUACIONES EN DEFENSA Y REPRESENTACIÓN DE MENORES

Modificación en relación a la Circular T.O. 4/2017, de 17 de marzo

          Tras conversaciones mantenidas con la Dirección General de Justicia, en las que estaba presente el Fiscal jefe de la Audiencia Provincial y un representante de los Servicios Jurídicos de la DGA, se ha procedido a acordar en relación con las actuaciones en defensa y representación de los menores tutelados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se realizarán todas por los letrados designados por el  Colegio de Abogados, salvo en aquellos casos en los que el letrado de la D.G.A. solicite la venia para asumir su defensa. En este supuesto, el Abogado que hubiera intervenido devengará el importe del baremo correspondiente a la parte del procedimiento que haya realizado.

          En consecuencia, no se procede a hacer distinción entre menores tutelados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los no tutelados, modificándose por ello, la redacción del módulo 4.6 del Catálogo de referencia y bases de compensación en los términos arriba expuestos, así como a la consiguiente publicación en el B.O.A. de dicha modificación.

          Un cordial y afectuoso saludo.

 
 

DIPUTADA 4ª
Presidenta de la Comisión del Turno de Oficio