Página Principal del R.e I.C.A.Z.
 
Circular del T.O. 3/2003 de 2 de abril
 
 
REFUERZO EN LAS GUARDIAS

         Con motivo de la entrada en vigor de las Ley 38/2002 y la Ley Orgánica 8/2002, ambas de 34 de Octubre, que fundamentalmente modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y por las que se crea el procedimiento de Juicios Rápidos y la tramitación de los llamados Juicios de Faltas Inmediatos, se prevé que la actividad de los Abogados que realizan las Guardias de Asistencia al Detenido se va a ver incrementada y asimismo se va a requerir la intervención de Abogados por Turno de Oficio para la defensa de denunciados en los referidos juicios de faltas inmediatos. 

         Por ello los Letrados integrantes del Servicio de Asistencia al Detenido deberemos adaptarnos a las nuevas necesidades para atender los asuntos que se generen, lo que supondrá que el Jefe de Guardia haya de realizar asistencias en aquellos supuestos en que haya saturación de avisos y que el resto de los compañeros, incluido el encargado de atender los asuntos de menores, habrán de intervenir en los que fuera necesario, de acuerdo con el criterio y las instrucciones del referido Jefe de Guardia y respetando el principio de unidad de defensa. 

         Por otra parte y como refuerzo, se ha acordado instaurar temporalmente la figura de un Letrado de Guardia para la atención de aquellos procedimientos por delito que se remitan por la Policía Judicial al Juzgado de Guardia normal o habitual mediante Atestado Sin Detenido (asuntos en los que no habrá intervenido hasta ese momento ningún Letrado en el asunto) y asimismo para atender la defensa en los Juicios de faltas inmediatos que se remitirán por Atestado de la Policía Judicial y seguramente se celebrarán el mismo día de su recepción en el Juzgado de Guardia para celebración de juicios de faltas. 

         El mencionado Letrado de refuerzo estará a disposición de los dos Juzgados de Guardia del día que le corresponda, de lunes a viernes, (Juzgado de Instrucción de Guardia Normal y Juzgado de Instrucción de Guardia para celebración de Juicios de Faltas) y comenzará su servicio a las 9 horas de la mañana hasta las 9 horas del día siguiente. 

         La retribución del servicio de este Letrado consistirá en abonarle por el Turno de Oficio la intervención en los asuntos que se le asignen en cada guardia, suponiendo que de esta forma se compensará habitualmente la circunstancia de no retribuirse la disponibilidad ya que el Ministerio no nos ha autorizado a tener más Abogados de Guardia cada día que actualmente en Zaragoza capital son 5. Por ello cabe la posibilidad de que no se perciba retribución alguna por el Letrado, en el caso de que no se produzca ninguna intervención. 

         El período de puesta en práctica de este sistema, que tiene carácter provisional y experimental, será desde el 28 de Abril, fecha en que entra en vigor la normativa, hasta el día 30 de Junio, comprobando durante este tiempo las necesidades que se susciten y el funcionamiento del mismo, y decidiendo en consecuencia si se mantiene el servicio y las condiciones adecuadas. 

         El servicio durante este período inicial se prestará por Abogados que estén inscritos en el Servicio de Guardia de Asistencia al Detenido, designados por la Comisión del Turno de Oficio por su experiencia y previa aceptación voluntaria y expresa de ellos. 
  
  

SOLICITUDES DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

         La información a aquellas personas cuya defensa nos sea encomendada sobre la posibilidad de que soliciten el derecho a la asistencia jurídica gratuita y la cumplimentación de los impresos correspondientes tanto de Asistencia en Guardia o en Turno de Oficio y de solicitud del referido derecho, continuarán realizándose tal y como se viene haciendo hasta la fecha ya que en este aspecto y en los procedimientos penales,  la tramitación del expediente y el reconocimiento o no del beneficio de asistencia jurídica gratuita, generalmente, es posterior a la intervención del Letrado y la designación por turno de oficio, en su caso. 

         Cordialmente, 
 
 
 

María Isabel Toral García
Jefe del Servicio del Turno de Oficio