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Circular 50/2016 de 2 de agosto
 
 
LEXNET: ÚLTIMAS FUNCIONALIDADES

          Os informamos de que con la última actualización de LexNET Abogacía se han incorporado nuevas mejoras y funcionalidades, entre ellas están ”la posibilidad de designar Sustitutos y Autorizados” y la ”posibilidad de acceder a todos los buzones en los que el abogado está colegiado”, cuando está en más de un Colegio. 

          El manual correspondiente a la configuración de las Sustituciones y Autorizaciones se encuentra en el área dedicada a LexNET, dentro de nuestra web colegial. 
 
 

SUSTITUCIONES

Características y condiciones: 

  • El Sustituto debe ser Abogado. 

  • El Sustituto puede serlo de más de un Abogado titular a la vez. 

  • El Abogado titular puede designar a varios Sustitutos. 

  • En el caso de Abogados colegiados en varios colegios, se puede conceder a los Sustitutos permisos para acceder a uno o varios de sus buzones de forma independiente. 

  • El Abogado y el Sustituto deben disponer de firma electrónica ACA. 

          La funcionalidad de las sustituciones viene a dar respuesta al cumplimiento del art.19.1. del  RD 1065/2015, de 27 de noviembre. Mediante el mecanismo de la sustitución un abogado puede designar a otro abogado para que le sustituya durante un periodo de tiempo determinado; de este modo el sustituto accederá al buzón de notificaciones del sustituido y podrá enviar en nombre de éste escritos a través de LexNET. 
 
 

AUTORIZACIONES

Características y condiciones: 

  • El Autorizado puede ser Abogado o no Abogado. Si no es Abogado, debe disponer de un certificado ACA de Autorizado. La forma de obtenerlo se indica en el punto siguiente de esta circular. 

  • Un Autorizado puede serlo de más de un Abogado titular a la vez. 

  • Si un Autorizado lo es de varios Autorizantes, no necesita de varios certificados de Autorizado, le basta con uno, aunque, por razones de procedimiento (revocación posterior), sí podría tener más de uno. 

  • La tarjeta de ACA de Autorizado es únicamente la “llave” para poder entrar en la aplicación. 

  • La configuración de las autorizaciones las realiza el Abogado titular directamente en la Aplicación Lexnet Abogacía. 

  • El Abogado titular puede designar a varios Autorizados y los permisos pueden ser cancelados cuando el Abogado decida. 

  • La cancelación de una Autorización en Lexnet Abogacía no implica la revocación del certificado de Autorizado. Esta revocación debe realizarse de forma independiente en el Colegio de Abogados. 

  • En el caso de Abogados colegiados en varios colegios, se puede conceder al Autorizado permisos para acceder a uno o varios de sus buzones de forma independiente. 

  • El Autorizado puede realizar las mismas operaciones que los Abogados, salvo que, en presentación de escritos deben aportar los documentos firmados por el Abogado titular (Art 19 RD 1065/2015). 

  • El Abogado puede anular dicha autorización en cualquier momento, mediante la opción “desactivar seleccionadas”. 

          La funcionalidad de las “Autorizaciones” viene a dar respuesta al cumplimiento del art.19.2. del R.D. 1065/2015, de 27 de noviembre. Mediante el mecanismo del autorizado un abogado puede designar a otro Abogado o a una persona física que no sea abogado para que el autorizado pueda recibir las notificaciones del buzón del autorizante y para enviar escritos y documentos. En este caso, la autorización se confiere sin sujeción a un periodo de tiempo determinado, pudiendo revocarla el autorizante en cualquier momento. 
  

          Como resumen, las principales diferencias entre la figura de “Sustitución” y la de “Autorización” son: 

  • El Sustituto debe ser necesariamente un Abogado, mientras que el Autorizado puede ser abogado o no. 

  • La Sustitución tiene un plazo de validez establecido (desde - hasta) y la Autorización se realiza sin plazo prefijado. 

  • Los Autorizados, en presentación de escritos, deben aportar los documentos firmados por el Abogado titular. 

          El Certificado de Personal Autorizado ACA va dirigido a acreditar a las personas que un abogado quiere autorizar a acceder a su buzón de LexNET Abogacía. 

          El autorizado podrá descargarse notificaciones y enviar escritos en nombre del titular abogado (o abogados, si es autorizado por más de uno) del buzón de LexNET. Pero para el caso del envío, recordar que el punto 2 del art 19 “Sustituciones y autorizaciones de los profesionales de la justicia” del RD 1065/2015, establece que “… las presentaciones de escritos y documentos, estos deberán haber sido firmados previamente por el titular del buzón con su certificado electrónico aunque la remisión se ejecute materialmente por un usuario autorizado por aquel”. 

          Previo a la activación del certificado, el colegiado debe proporcionar al colegio el nombre, NIF y teléfono del autorizado, junto con su nombre y número colegial por correo electrónico a informatica@reicaz.es. Si el autorizante es una sociedad, se indicará también la denominación y CIF de ésta. 

          El día de la cita, el autorizado debe de presentarse el autorizado con la siguiente documentación: 

  • DNI o NIE del autorizado. 

  • Modelo de autorización completado y firmado. 

  • Si el autorizante es una sociedad, Certificación registral o similar que garantice la existencia del despacho profesional en el caso de que no se encuentre ya en el registro de sociedades profesionales del colegio. 

          El coste del carné será de 25 euros. 
  
  

ACCESO A TODOS LOS BUZONES
(MULTICOLEGIACIÓN)

          La última funcionalidad implementada va dirigida a aquellos abogados que están dados de alta en varios colegios (multicolegiación), a partir de este momento puede entrar a los diferentes buzones (uno por colegio) con el mismo acceso a LexNET. (Manual) 

          Un cordial y afectuoso saludo. 
    
    
    

EL DECANO
Antonio Morán Durán