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Circular 37/2016 de 8 de junio
 
 
LEXNET: ACLARACIONES A LA CIRCULAR 36/2016

          A la vista de las dudas surgidas como consecuencia de la circular 36/2016 remitida ayer, sobre funcionamiento de LexNet, creemos conveniente aclarar algunos aspectos a la vez de informar de los acuerdos adoptados en la Comisión de seguimiento de la implantación de LexNet en Aragón.

          En definitiva el R.D. 1065/2015, de 27 de noviembre, lo que exige es que cada documento sea incorporado en un archivo independiente PDF sin que puedan mandarse todos los documentos en un único archivo de tal manera que a la demanda o contestación deben adjuntarse tantos PDF como documentos. No obstante se considera conveniente que en el supuesto de documentos similares (tickets, albaranes..) sean aglutinados en un único documento y con un solo número.

          Igualmente se recomienda utilizar la mínima resolución posible a la hora de escanear documentos para evitar que no puedan remitirse por exceder la capacidad del sistema.

          Se exigirá firma digital de Abogado aunque el documento sea presentado por el Procurador en las demandas, contestaciones y recurso pero no en los escritos de mero trámite.

          Se recomienda que solicitéis a los Procuradores que rellenen el apartado “descripción (máximo 100 caracteres)“ pues es la manera de garantizar que el juzgador pueda localizar los documentos en Minerva. Este último apartado requiere cierto tiempo para ser cumplimentado por lo que no lo podrán realizar si los documentos son mandados poco antes de expirar el plazo.

          Por último, se recomienda adjuntar un índice con la relación de documentos de la demanda o contestación para facilitar su localización.

          Un cordial y afectuoso saludo.   
    
    
    

EL DECANO
Antonio Morán Durán
 
 
 
Joaquín Moné Foz, Correduría de Seguros

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