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Circular 22/2016 de 30 de marzo
 
 
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

          El miércoles 16 de marzo se presentó en el Colegio un escrito, sin fecha ni firma, solicitando la convocatoria de Junta General Extraordinaria, al que se acompañaban 29 hojas de firmas.

          Conforme a lo dispuesto en el Estatuto del Colegio, artículo 57, la Junta General Extraordinaria deberá ser convocada cuando lo solicite un número de colegiados que represente al menos el diez por ciento del censo de ejercientes y celebrada dentro del plazo de 30 días hábiles, artículo 58. En la solicitud se expresarán los asuntos concretos que han de ser tratados en la Junta, esto es, el Orden del Día.

          Los pliegos adjuntos a la solicitud incluían 343 firmas, siendo suficientes para hacer la convocatoria. Es cierto que en las hojas de firmas figuran varios colegiados que han firmado más de una vez, pero la junta de Gobierno ha entendido que no era causa suficiente para declarar la nulidad de la solicitud, ya que aun anulando dichas firmas se superaba el número exigido.

          El plazo de 30 días hábiles desde la presentación finaliza el 22 de abril y la sesión ordinaria de la junta de Gobierno que debía aprobar la convocatoria estaba ya fijada para el 29 de marzo, por lo que en dicha Junta se ha acordado convocar la Junta General Extraordinaria para el jueves 21 de abril a las 19 horas y comunicarlo a los colegiados de inmediato, con antelación superior a los 15 días exigidos por el Estatuto, lo que se hace mediante la circular adjunta.

          En cuanto al Orden del Día, ha de ser el que se establezca en la propia solicitud y aquí si se presentaba un problema. Si se atendía a las hojas de firmas que avalan la convocatoria, se debe entender como Orden del Día el siguiente: “tratar las acciones a tomar en rechazo al recorte en los presupuestos de justician gratuita por parte del Gobierno de Aragón”. Sin embargo en el escrito de solicitud de Junta General Extraordinaria, antes mencionado, se incluían 9 puntos concretos como Orden del Día.

          El problema no era menor. Mientras el Orden del Día que figuraba en los pliegos de firmas venía avalado sin duda alguna por las firmas recogidas al pie de los mismos, sin embargo el Orden del Día incluido en la solicitud no venía avalado por firma alguna. Incluso hay constancia de que dicho Orden del Día se elaboró en una reunión convocada por la Sección del Turno de Oficio de este Colegio que se celebró el día  9 de marzo, a la que asistieron un grupo de colegiados, y también hay constancia de que cuando dicha reunión se celebró hacía tiempo que se habían empezado a recoger las firmas.

          En atención a lo anterior la Junta de Gobierno habría cumplido con la obligación que le impone el Estatuto convocando la Junta General Extraordinaria con el Orden del Día que figura en los pliegos de firmas, pero subsanando estos déficits y en aras a la mayor transparencia, ha resuelto hacerlo con el Orden del Día que figuraba en la solicitud y que textualmente se incluye en la convocatoria adjunta.
 
 
 

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

          Conforme a lo dispuesto en los artículo 55 del Estatuto General de la Abogacía Española y 57 y 58 del Estatuto del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, la Junta de Gobierno, en sesión de 29 de marzo y a solicitud de un número de colegiados superior al 10% del censo de ejercientes, ha acordado convocar Junta General Extraordinaria para el jueves 21 de abril de 2016, que tendrá lugar a las 19 horas en el Salón Carlos Carnicer, calle D. Jaime I, 18, planta baja y que conforme a lo incluido en la solicitud, tendrá el siguiente:
 

ORDEN DEL DÍA

          1º.- Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta Anterior.

          2º.- Acciones a tomar en rechazo al recorte en los presupuestos de justicia gratuita por parte del Gobierno de Aragón. En concreto y textualmente:

              “.- Deliberación y votación sobre la Redacción por la Junta del ReICAZ de un calendario detallado de pagos de los turnos que incluya:
              - fecha de justificaciones de las actuaciones por letrado,
              - fecha de facturación por el colegio,
              - fecha de certificación por el Consejo Aragonés de Colegios,
              - fecha de presentación en Gobierno de Aragón de la certificación
              - fecha de aprobación de los pagos por el Gobierno de Aragón
              - fecha de pago del Gobierno de Aragón al Consejo de Colegios de Abogados de
                Aragón.
              - fecha de pago del Consejo de Abogados de Aragón a cada Colegio de Abogados, y
              - fecha de pago concreto a cada letrado por su colegio

              .- Deliberación y votación sobre la reducción por parte del ReICAZ en el SOJ de los días de atención al público en el 40% (abriendo lunes, miércoles y viernes de cada semana)

              .- Deliberación y votación sobre la No realización de designaciones provisionales de abogado de turno de oficio por el Colegio de Abogados de Zaragoza, si se produce la suspensión del procedimiento con la solicitud (o está suspendido el plazo para su inicio), procediéndose a la designación definitiva una vez haya resuelto la Comisión de Justicia Gratuita.

              .- Deliberación y votación sobre la confección por el Colegio de Abogados de Zaragoza de escrito tipo para reclamación de la suspensión del procedimiento penal tras la denegación de la Justicia Gratuita.

              .- Deliberación y votación sobre la Creación por el Colegio de Abogados de Zaragoza de un servicio de recobro de procedimientos de Turno de Oficio no abonados por el Gobierno de Aragón por cualquier motivo, de beneficio y participación general y transparente.

              .- Deliberación y votación sobre la Reclamación judicial por parte del Colegio de Abogados de Zaragoza de pago de intereses a la DGA en todos los pagos de turno de oficio, guardias e infraestructura, los ya recibidos y los que se vayan produciendo.

              .- Deliberación y votación sobre la eliminación por parte de la Junta del ReICAZ del requisito de presentación de Sentencias y/o resoluciones completas que pongan fin a la vía judicial para la acreditación de los devengos por Turno de Oficio.

              .- Deliberación y votación sobre el retorno al criterio de acreditación de fases (70% y 30%) por la Junta del ReICAZ, y exigencia del pago al Gobierno de Aragón.

              .- Deliberación y votación sobre el Reconocimiento expreso por la Junta del Colegio de Abogados de Zaragoza de la labor de todos y cada uno de los compañeros de Turno de Oficio que han venido participando en la reclamación emprendida frente al recorte del 40% de la financiación de la Justicia Gratuita por el Gobierno de Aragón”.

          3º.- Ruegos y preguntas.

          Desde esta misma fecha podrá examinarse en Secretaría por los colegiados que lo deseen la solicitud presentada en el registro del Colegio y los pliegos de firmas que acompañaban a la misma.

          Un cordial y afectuoso saludo.  
   
   
   

EL DECANO
Antonio Morán Durán