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Circular 27/2010 de 2 de julio
 
 
CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGON

          A propuesta del Departamento de Educación del Gobierno de Aragón se firmó en el año 2008 un Convenio de colaboración, junto con el Colegio de Psicólogos y el de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias  para impulsar el asesoramiento educativo en materia de convivencia escolar.

          Dicho convenio, suscrito en el marco del Acuerdo para la mejora de la convivencia escolar en los centros educativos de Aragón, establecido entre el Departamento y los representantes de los sectores de la Comunidad educativa, prevé entre sus actuaciones la existencia de una Asesoría que sirva de apoyo y canalización de los problemas relacionados con la convivencia y los conflictos escolares.

          La mencionada Asesoría contempla el asesoramiento a madres, padres o tutores y recursos humanos de los centros educativos, en materia jurídica, pedagógica y psicológica, entre otras materias, que informe y oriente a los usuarios ante las dudas, problemas, incógnitas o contradicciones que a menudo se producen como sujetos de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Expresamente se trata de suministrar información y orientación, en nuestro caso de carácter jurídico, relacionada con la convivencia y los conflictos escolares, especialmente los vinculados a situaciones de acoso, tanto entre iguales como asimétricas.

          A partir del curso 2010-2011, el servicio se asume directamente por el Colegio que, en el marco del Convenio de colaboración, pondrá a disposición de la asesoría jurídica un abogado.

          La prestación del servicio es de 3 horas, un día a la semana (jueves lectivo de cada semana según calendario escolar) y se retribuirá a razón de 45 euros la hora.

          El letrado que asuma la asesoría se compromete a prestar la misma durante un curso escolar, y bajo la coordinación de quien designe la Junta de Gobierno, en orden al cumplimiento de las condiciones en las que debe prestarse la asesoría, especialmente en lo relacionado a los objetivos de la misma y la coordinación necesaria con los restantes profesionales.

          La Junta de Gobierno o la comisión en la que ésta delegue, propondrá para cada curso escolar al letrado que preste este servicio, de entre aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Contar con 5 años de antigüedad en el ejercicio.
  • Tener experiencia acreditada en la legislación de menores, tanto en materia penal como administrativa.
  • Tener experiencia acreditada en la jurisdicción de menores y en protección.
  • Tener experiencia acreditada en legislación educativa.

          Los interesados deberán remitir un escrito acompañando su currículum vitae y acreditación de los extremos alegados a Gerencia del Colegio antes de las 12 horas del lunes 12 de julio.

          Un cordial y afectuoso saludo. 
 
 
 

EL DECANO
J. Ignacio Gutiérrez Arrudi