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Circular 24/1998 de 5 de noviembre


 
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE PRESUPUESTOS Y ELECCIONES

          La Junta de Gobierno de este Real e Ilustre Colegio de Abogados, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 1998, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86 del Estatuto General de la Abogacía, acordó convocar la segunda Junta General Ordinaria anual, que tendrá lugar en el Salón de Actos del Colegio (Don Jaime, I, nº. 18) el día 15 de diciembre de 1998, a las diez horas (10'00 horas) de la mañana, con arreglo al siguiente: 
  
  

Orden del día

          Primero: Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta Anterior. 

          Segundo: Lectura y aprobación, si procede, del Presupuesto propuesto por la Junta de Gobierno para el año 1999, así como de las enmiendas que en su caso se hayan presentado dentro de plazo. El proyecto de presupuesto será remitido en breve, indicándose al mismo tiempo el plazo para la presentación de enmiendas. 

          Tercero: Elección para los siguientes cargos vacantes de la Junta de Gobierno. 

                    DIPUTADO PRIMERO (VICEDECANO) 
                    DIPUTADO TERCERO 
                    DIPUTADO CUARTO 
                    DIPUTADO OCTAVO 
                    DIPUTADO NOVENO 
                    TESORERO 
                    BIBLIOTECARIO-CONTADOR 
  
  

Normas de la Convocatoria

A) En cuanto a la presentación de enmiendas al Presupuesto: 

          Se especificarán al hacer público y remitir el proyecto de Presupuesto. 

B) En cuanto a las elecciones: 

          Primero: La votación se desarrollará desde las once treinta horas (11'30 horas) hasta las  dieciocho treinta horas (18'30 horas) del expresado día, en que se cerrarán las urnas para comienzo del escrutinio. 

          Segundo: Los cargos sometidos a elección desempeñarán sus funciones durante cinco años, sin perjuicio  de que todos ellos puedan ser reelegidos en la renovación ordinaria de cargos. 

          Tercero: Los candidatos deberán ser Letrados en ejercicio, de nacionalidad española, residentes en la demarcación del Colegio y que posean la condición de elector (art. 74 del Estatuto General de la Abogacía). Para ser candidato a los cargos de elección se exigen los siguientes períodos mínimos de ejercicio profesional: 

                    Para Diputado primero y tercero: Diez años 
                    Para los restantes cargos: Dos años 

          Cuarto: Tendrán derecho de sufragio activo los colegiados en ejercicio a partir de los dos meses siguientes a su incorporación al Colegio y los colegiados no ejercientes que lleven, al menos un año inscritos (Artículo 76. 2 del Estatuto General de la Abogacía). El voto de los colegiados ejercientes tendrán doble valor que el de los no ejercientes. (Artículo 47. a del Estatuto General de la Abogacía). 

          Quinto: No se admitirá el voto por correo (Artículo 75. 2 del Estatuto General de la abogacía). 

          Sexto: Las listas de colegiados con derecho a voto, separados en dos grupos de colegiados ejercientes y no ejercientes, se expondrán en el tablón de anuncios del Colegio en los cinco días naturales siguientes a esta circular, (Don Jaime I, 18). Dentro del plazo de los cinco días naturales siguientes a la exposición de las listas, podrán formularse las reclamaciones a que hubiera lugar. Éstas serán resueltas por la Junta de Gobierno dentro de los tres días naturales siguientes a la expiración del plazo para formularlas, notificándose su resolución a cada reclamante dentro de los dos días siguientes (art. 78 del Estatuto General de la Abogacía). 

          Séptimo: Las candidaturas deberán presentarse por escrito en la Secretaría del Colegio antes de las quince horas (15'00 horas) del día 30 de noviembre, lunes. La Junta de Gobierno proclamará candidatos  al siguiente día 1 de diciembre, martes, a quienes reunan los requisitos legales exigibles, considerando electos a los que no tengan oponentes, lo que seguidamente se publicará en el tablón de anuncios y se comunicará a los interesados y a todos los colegiados. 

          Octavo: Las candidaturas podrán ser conjuntas para varios cargos, o individuales para cargos determinados, debiendo ser suscritas exclusivamente por los propios candidatos, sin que ningún colegiado pueda presentarse candidato a más de un cargo. 

          Noveno: Las papeletas de voto serán blancas, del mismo tamaño; llevarán impresos  en una sola cara, correlativamente, los cargos a cuya elección se procede, y serán editadas por el Colegio, pudiendo los candidatos confeccionar por su parte papeletas, que deberán ser exactamente iguales a las del Colegio. En la sede del Colegio, donde se celebrará la elección, se dispondrá de suficiente número de papeletas, con los nombres de los candidatos en blanco. 

          Décimo: La Mesa electoral quedará integrada por el Decano, como Presidente, o por un miembro de la Junta que le sustituya en dicho acto, auxiliado, como mínimo, por dos miembros de la propia Junta como Vocales. El más moderno de éstos actuará como Secretario, de no formar el titular parte de la misma. Cada candidato podrá por su parte designar entre los colegiados uno o varios Interventores que lo representen en las operaciones de la elección.  

          Undécimo: La papeleta, introducida en sobre normalizado, que proporcionará el Colegio, será entregada directa y personalmente al Presidente de la Mesa por cada elector, previa identificación del mismo y comprobación de su derecho a voto. El Presidente pronunciará en voz alta el nombre y apellidos del votante, indicando que vota, introduciendo el propio Presidente la papeleta en la urna correspondiente, a cuyo fin existirán dos urnas perfectamente diferenciadas, una para colegiados ejercientes y otra para colegiados sin ejercicio. 
  
          Duodécimo: A las dieciocho horas y treinta minutos del día 15 de diciembre de 1998, se cerrarán las puertas de la Sala y sólo podrán votar los colegiados que ya se encontraran en ella. La Mesa votará en último lugar, tras lo cual se procederá al escrutinio, leyéndose en voz alta todas las papeletas, siendo declarados totalmente nulos aquellos votos que contengan expresiones ajenas al estricto contenido de la votación  o que contengan tachaduras o raspaduras; y, parcialmente, en cuanto el cargo al que afectare, las que indiquen más de un candidato para un mismo cargo o nombres de personas que no concurran a la elección o designen un candidato para distinto cargo al que se presentare. Aquellas papeletas que se hallen tan sólo parcialmente rellenadas en cuanto al número de candidatos, pero que reunan los requisitos exigidos para su validez, lo serán para los cargos y personas correctamente expresados.  

          Décimotercero: Finalizado el escrutinio, la Presidencia anunciará su resultado, proclamándose seguidamente electos los candidatos que hubieran obtenido para cada cargo el mayor número de votos. En caso de empate, se entenderá elegido el de mayor tiempo de ejercicio en el Colegio. El Acta correspondiente será firmada por los integrantes de la Mesa e Interventores presentes. 
  
   

CONVOCATORIA PARA 1999 DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO 
Y SERVICIOS DE ORIENTACIÓN JURÍDICA

          Como todos los años por estas fechas, procedemos a convocar de forma unificada el período de inscripción a los distintos Turnos de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica, las características de cada uno de los cuales se recogen en el tríptico que se acompaña. Las diferentes listas del Turno de Oficio tienen carácter abierto, por lo que es posible inscribirse a una, a varias  o a todas. Por el contrario, los Servicios de Orientación Jurídica son incompatibles entre sí, por lo que, con independencia de la adscripción al Turno de Oficio, sólo cabrá adscribirse a un solo Servicio de Orientación Jurídica.  

          Los requisitos para inscribirse por primera vez, para 1999, son los mismos para el Turno y los distintos Servicios de Orientación Jurídica, aplicando así lo dispuesto en la O.M. de 3 de junio de 1997: contar con un mínimo de 3 años de experiencia en el ejercicio profesional y haber realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. Podrán inscribirse sin más requisitos quienes ya hayan pertenecido con anterioridad al Turno o a cualesquiera de los Servicios de Orientación Jurídica. 

          Los boletines de inscripción que se adjuntan deberán remitirse al Colegio o bien presentarse directamente en el Departamento del Turno de Oficio (6ª. planta) cuanto antes y en todo caso antes de las 21'00 horas del lunes 30 de noviembre. Recomendamos leer con atención el Boletín y los compromisos que se adquieren con su firma y cumplimentar todos los datos que se piden.  

          Las listas con todos los admitidos al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido se publicarán antes de fin de año para conocimiento general.  

          En cuanto a la configuración de las listas de integrantes de los distintos Servicios de Orientación Jurídica, se decidirá por la Comisión de Turnos con el refrendo de la Junta de Gobierno, a la vista de las solicitudes recibidas y de las necesidades de cada servicio, o bien  mediante un sorteo público al que podrán asistir todos los interesados que lo deseen y cuyos criterios y fecha se anunciarán oportunamente. 

          Cerradas las listas definitivas, se convocará una charla informativa sobre las condiciones de prestación y peculiaridades de cada uno de los Servicios,  excepto el S.A.O.J.I. que por mayor especialidad de la normativa a aplicar exige un cursillo previo. La asistencia a las charlas o al cursillo en su caso, del Servicio de Orientación Jurídica en el que se haya resultado inscrito es obligatoria para que adquiera firmeza la adscripción al mismo. 
  
  

CURSO DE ACCESO AL TURNO DE OFICIO

          Teniendo en cuenta que las listas del Turno se confeccionan en nuestro Colegio una vez al año y la Orden Ministerial que exige una antiguedad de tres años en el ejercicio profesional para acceder al Turno, en anterior circular se advertía que para inscribirse al Curso del Turno   para 1999 era requisito indispensable estar colegiado antes del 1 de enero de 1996. A la vista del número de solicitudes recibidas y atendiendo las sugerencias de algunos compañeros, nos ha parecido oportuno flexibilizar el sistema, de forma que puedan incorporarse al Turno en 1999, no sólo los que tengan cumplido el requisito de los 3 años el 1 de enero, sino también quienes  vayan cumpliéndolo a lo largo de dicho año. La incorporación a las listas elegidas se produciría a partir de la fecha en que  cumplieran los tres años, con excepción de las listas relacionadas con el Turno de Asistencia al Detenido, ya que los grupos de guardia no se deben modificar una vez configurados. En este caso, los interesados pasarían a engrosar una lista de suplencias, para cubrir bajas y sustituciones. 

          La anterior modificación de criterios afecta a todos los compañeros colegiados a lo largo de 1996, por lo que se ha acordado abrir un nuevo plazo de inscripción al Curso de Acceso al Turno de Oficio, a fin de que puedan inscribirse los compañeros incluidos en este planteamiento, es decir, colegiados a lo largo de todo el año 1996 y por supuesto los colegiados con anterioridad, que lo deseen. El plazo de inscripciones se cerrará el viernes 13 de noviembre a las 21'00 horas  y el Curso se impartirá a partir del lunes 23 de noviembre, durantre dos semanas, de lunes a viernes, de 19'00 a 21'00 horas. Quienes remitieron su solicitud de inscripción en la convocatoria de la anterior Circular no es preciso que la envíen de nuevo. 
  
  

CONVOCATORIA DE LETRADOS COLABORADORES 
DE LA JUNTA DE GOBIERNO

          La Junta de Gobierno del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, ha decidido seguir manteniendo la figura de los Letrados Colaboradores al igual que el año anterior, en materia de impugnaciones de honorarios e inspección de los derechos de intervención profesional, convocando tres plazas con arreglo a los siguientes requisitos: 

          Requisitos objetivos.- Podrán optar al puesto todos los colegiados del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza que reunan los siguientes requisitos: 

- Ser colegiado con ejercicio en el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza en la fecha de esta convocatoria y contar con una experiencia ininterrumpida de cinco años en dicha situación. 

- Estar al corriente de todas las cargas colegiales. 

- No haber sido sancionado disciplinariamente, ni tener expediente disciplinario por presunta infracción de la deontología profesional. 

- No ser funcionario, ni tener contrato con la Administración o cualquier tipo de empresa que impida la plena dedicación durante el horario de prestación del servicio.

          Requisitos materiales.- Presentar la solicitud presupone la aceptación tácita de las obligaciones que conlleva el puesto y la eliminación de las situaciones de incompatibilidad que se den en el plazo de tres días desde que se comunique la resolución en su caso. El puesto de Letrado colaborador de la Junta de Gobierno conllevará las siguientes obligaciones: 
- La labor se realizará en cualquiera de las dependencias del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, tanto en su sede principal, como en cualquiera de las Salas de Letrados o auxiliares en uso por el Colegio, o en cualquier dependencia judicial, a indicación de la Junta de Gobierno. 

- El Letrado colaborador realizará las labores de apoyo que les encomiende la Junta de Gobierno por mediación del Diputado o responsable en quien delegue expresamente. Para la realización de dicha labor contarán con el apoyo del material auxiliar que les facilitará el propio Colegio. 

- La labor se prestará en horario de 9,30 a 13,30 horas, de lunes a viernes, debiendo completar el Letrado un total de 10 horas semanales. 

- Dos puestos se asignarán por un periodo de 2 años, desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre de 2000, y el tercero por 3 años, desde 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre del 2001. 

- El puesto de Letrado colaborador será incompatible con la pertenencia al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido y en general con cualquier otro Servicio retribuido por el Colegio. 

- El Letrado colaborador estará obligado a mantener el más absoluto secreto sobre los asuntos que se le encomienden, considerándose el incumplimiento de este requisito como una falta muy grave que dará lugar a la apertura de expediente de deontología con independencia de la inmediata separación del servicio. 

- La colaboración será retribuida con una beca de 75.000.- pesetas mensuales, IVA incluido, por cuyo importe se deberá librar factura completa al Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza. 

- Las solicitudes deberán presentarse en las oficinas del Colegio, antes de las 21 horas del 30 de noviembre.

   
FORO DE DERECHO ARAGONÉS

          Un año más, el Salón de Actos del Colegio será sede del Foro de Derecho Aragonés, en su séptima edición. Las sesiones están previstas para tres martes seguidos, los días 10, 17 y 24 de noviembre a las 19'30  horas y no necesitan preinscripción, siendo abiertas las sesiones a colegiados, juristas en general y público interesado. Adjuntamos un tríptico con el contenido de cada una de las sesiones y los respectivos ponentes. 

          Un cordial saludo. 
 
 

EL DECANO
  
  
  


  
  
  
ANEXO DE CONVOCATORIA DEL TURNO DE OFICIO 
Y SERVICIOS DE ORIENTACIÓN
  
  
  
  
  
SERVICIO DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO

          El Turno de Oficio se compone de 9 listas, en cada una de las cuales se turnan los asuntos que jurisdiccionalmente le corresponden, siguiendo el orden estricto de los Abogados que figuran adscritos a dicha lista. Los interesados pueden adscribirse a todas las listas o sólo a las que estimen más relacionadas con su actividad profesional habitual, comunicándose por el Colegio al despacho del Abogado los turnos que le van siendo asignados. 

          Excepción a esta regla son las siguientes listas: Penal General, unida obligatoriamente a la de Asistencia al Detenido; Extranjería, que obliga a apuntarse también en Asistencia al Detenido y en Administrativo y Penitenciario, la adscripción a la cual está condicionada a pertenecer también al Servicio de Orientación Penitenciaria. 

          No existe limitación en el número de adscritos y el Servicio es compatible con la pertenencia a cualquiera de los Servicios de Orientación Jurídica. 

          El Servicio es coordinado directamente por el Diputado de la Junta de Gobierno responsable del Turno de Oficio, con apoyo de la Comisión de Turnos, y con sujeción al Reglamento de los Turnos de Oficio aprobado por la Junta de Gobierno en su sesión de 27 de junio de 1995 y normas concordantes, adaptado a la Ley 1/1996, de 10 de enero sobre Asistencia Jurídica Gratuita. La pertenencia al mismo implica la obligación de informar sobre las pretensiones de insostenibilidad del art. 32 de la Ley que se asignen y la asunción de la defensa por turno de dicho asunto por el Abogado que ha emitido el informe, si dicho informe es favorable a la pretensión. 

          Aparte lo dicho, el Servicio funciona de forma distinta según se trate del Partido Judicial de Zaragoza o de alguno de los 6 partidos judiciales existentes en la provincia. 
  
  

PARTIDO JUDICIAL DE ZARAGOZA

          Los Abogados inscritos están organizados en grupos de 5, prestando cada grupo una guardia de veinticuatro horas seguidas, de las 14 horas de un día hasta las 14 horas del siguiente. Los grupos se conforman con CINCO ABOGADOS DE PENAL GENERAL. De los cinco Abogados citados, tres de ellos se seleccionan de entre los que además pertenecen a las listas de Penal Especial, Menores y Extranjería respectivamente. La finalidad es prever que haya que atender también asistencias en dichas materias y asegurar la posterior asignación del Turno de Oficio al mismo Abogado que prestó la asistencia. Es decir, los cinco Abogados atienden las asistencias generales que se requieran, sin perjuicio de pasar al Abogado de la lista especial la asistencia especializada que pudiera presentarse. 

          Los Abogados van provistos de un busca conectado a una Central de Avisos, a la que han de confirmar la recepción del mensaje en el plazo de 30 minutos, ya que de no hacerlo se pasa el mensaje al siguiente Abogado del grupo. Los Abogados inscritos en estas listas cubren en caso de necesidad la totalidad de la provincia de Zaragoza. 

          Las guardias se abonan a razón de ___.- pesetas diarias con independencia del número de asistencias. Las asistencias en el Juzgado de Guardia quedan incluidas en la retribución del Turno de Oficio subsiguiente, o bien se pagan a razón de ___.- pesetas por asistencia caso de que se archive el asunto sin ulteriores actuaciones y así se le haga saber al Colegio por el Abogado. 
  
  

PARTIDOS JUDICIALES DE LA PROVINCIA

          El Servicio de Asistencia al Detenido en los partidos judiciales de Calatayud, Caspe, La Almunia, Daroca, Ejea de los Caballeros y Tarazona, se realizará por Abogados residentes en dichos partidos si hubiera suficientes inscripciones. En dichos partidos, al no darse el número mínimo de asistencias anuales que exige el Consejo General de la Abogacía para crear turnos de guardia de 24 horas, el Servicio se retribuye por el criterio de asistencias, a razón de ___.- pesetas por asistencia. 

          Teniendo en cuenta que los partidos se organizan según sus necesidades, pero que lo normal es que los Abogados se turnen estando a disposición con periodicidad semanal, podría darse el caso de que durante uno de dichos períodos no se produjeran asistencias y que por consiguiente no se retribuyera esa disponibilidad. Para evitar dicha situación, el Colegio garantizará que cada Abogado perciba semestralmente el importe resultante de multiplicar 19.000 pesetas por el número de semanas que haya estado de guardia, completando la diferencia de dicho importe, si el mismo no se alcanzara con el total de asistencias prestadas por el Abogado en el mismo semestre. 
  
  
  

SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA (S.O.J.)
  
Plazas convocadas: 82 

          El Servicio se presta en una doble modalidad. 

          De una parte es fruto de un Convenio tripartito suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y la Diputación General de Aragón el 25 de febrero de 1991, con carácter bianual y sucesivamente renovado. En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el funcionamiento del Servicio que se presta por 80 Abogados Consultores del Colegio en una dependencia de los Juzgados. 

          El objeto del Servicio es orientar y encauzar las consultas verbales de los ciudadanos que precisan realizar alguna actuación ante los órganos jurisdiccionales o administrativos, orientándoles hacia el órgano, entidad o persona competentes para atender o resolver la cuestión de fondo, quedando excluida la tramitación del asunto o evacuar las consultas verbales sobre el fondo de la materia, salvo las necesarias para la cumplimentación de los impresos de solicitud de asistencia jurídica gratuita, o para hacer ver al solicitante la absoluta falta de fundamento de su pretensión. 

          De otra parte el Servicio de Orientación Jurídica lo componen asimismo cinco Abogados Tramitadores que con cargo a los gastos de infraestructura del Turno de Oficio han de estudiar e informar las solicitudes de asistencia jurídica gratuita conforme a lo previsto en la ley 1/1996, de 10 de enero. Para optar a ser Abogado Tramitador hay que tener un mínimo de 5 años de experiencia profesional y se valorará haber sido previamente Abogado Consultor 

          Tanto Abogados Consultores como Tramitadores prestan el servicio en las dependencias del Servicio de Orientación Jurídica en los Juzgados, de lunes a viernes de 9’30 a 11’30 horas. A efectos de una correcta coordinación, los 80 Abogados consultores se distribuyen en 5 grupos de 16, prestando servicio los integrantes de cada grupo un día fijo de la semana coordinados con el Abogado Tramitador que presta su servicio ese mismo día. 

          El Servicio contará con un coordinador de la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          Para 1999 se convocan 80 plazas de Abogados Consultores y 3 de Abogados Tramitadores, completándose el Servicio con 2 de los Abogados Tramitadores actuales que permanecerán en el mismo, para garantizar la correcta coordinación de un año a otro. 

          El número de plazas convocadas permite calcular que hayan de prestar un servicio cada cuatro meses aproximadamente por los Abogados Consultores y uno semanal los Tramitadores. 
  
  
  

SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA INMIGRANTES (S.A.O.J.I.)
  
Plazas convocadas: 59 

          El Servicio es fruto de un Convenio suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales de la Diputación General de Aragón, el 7 de diciembre de 1992, renovado y ampliado a partir de 1994 a los Colegios de Abogados de Huesca y Teruel. 

          En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el Servicio, que se presta por Abogados del Colegio en una doble modalidad de intervención: 9 Abogados Consultores, que realizan su actividad en dependencias de la Casa de las Culturas del Excelentísimo Ayuntamiento, y 50 Abogados Tramitadores, que prestan el servicio desde sus propios despachos. 

          El Servicio de Consultores se presta tres días a la semana, lunes, miércoles y viernes, de 16’30 a 19’30 horas. Los Abogados Tramitadores están de guardia, en idéntico horario, un día con la periodicidad que de su número resulte, durante el cual han de estar localizables por parte del Abogado Consultor, a fin de que les pueda remitir aquellos asuntos cuya tramitación haya de llevarse a cabo. 

          El objeto del Servicio es garantizar a los inmigrantes la asistencia y orientación jurídica necesarias y la inmediata intervención profesional si procede, en orden a salvaguardar los derechos que les reconoce el Estado Español. 

          El número de plazas convocado permite calcular que se haya de prestar un servicio previsible cada tres semanas los Consultores y cada dos meses los Tramitadores. 

          El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los nuevos adscritos al mismo. 
  
  
  

SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA A LA MUJER (S.A.M.)
  
Plazas convocadas: 50 

          El Servicio es fruto de un Convenio suscrito entre el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de la Mujer, de la Diputación General de Aragón, suscrito el 1 de junio de 1993 y renovado anualmente. 

          El Servicio se presta por Abogados del Colegio. En Zaragoza, de lunes a jueves en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer en horas de 16’30 a 19’30; y en la ciudad de Caspe, en el Ayuntamiento, miércoles alternos de 16 horas a 19 horas. 

          El objeto del Servicio es doble: 

A) Prestar asistencia y asesoramiento a las mujeres que lo solicitan a través del Instituto Aragonés de la Mujer, sobre los medios y cauces adecuados para hacer valer sus derechos, especialmente en situaciones de malos tratos u otras que dejan en patente indefensión a la víctima, sin que los Abogados que prestan el Servicio puedan asumir ni directa ni indirectamente, la defensa jurídica del asunto de fondo, que deberá encargarse a Abogado de libre designación o del Turno de Oficio en su caso. 

B) Impartir charlas, sobre temas que afecten directa o indirectamente a las mujeres, en aquellas poblaciones o asociaciones o centros que estén interesados y nos lo hagan saber a través de la Diputación General de Aragón.

          Igualmente existe un Servicio de Guardia, destinado a atender a las mujeres que hayan sido objeto de agresión sexual o maltrato físico y precisen ser acompañadas a fin de presentar la denuncia, dirigirse a un hospital, así como para facilitarles orientación y asistencia, en los primeros trámites. 

          El servicio de guardia tiene una duración semanal y los Abogados de guardia deben estar localizables en todo momento para lo cual se les entrega un teléfono móvil, que deben recoger en el Colegio de Abogados. 

          Los Abogados que además de realizar el servicio en Zaragoza estén interesados en desplazarse a Caspe y/o atender el servicio de guardia deben comunicarlo expresamente. 

          Con independencia de la retribución con arreglo a los criterios generales de los Servicios y charlas que se presten, para sufragar los gastos del desplazamiento a Caspe en su caso, se abonarán ___.- pesetas por desplazamiento por parte del Ayuntamiento de dicha ciudad. 

          El Servicio contará con un coordinador o coordinadora nombrado/a directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 
  
  
  

SERVICIO DE ORIENTACIÓN PENITENCIARIA (S.O.P.)
  
Plazas convocadas: 32 

          El Servicio de Orientación Penitenciaria es una iniciativa del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Ministerio de Justicia, que es prestado por Abogados del Colegio de Zaragoza, en dependencias facilitadas por el Ministerio en los Centros Penitenciarios existentes en la provincia. 

          El objeto del Servicio es facilitar a los internos en los Centros penitenciarios de Zaragoza y Daroca, información, orientación y asistencia sobre la legislación penitenciaria, cumplimiento de penas, acceso al Turno de Oficio y derechos en general de los internos. La prestación del Servicio se realiza en los propios Centros con una duración prevista de dos horas por prestación y una frecuencia semanal, siendo a cargo del Servicio los gastos de desplazamiento Daroca. 

          El número de plazas convocadas permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente. 

          El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          La retribución definitiva del Servicio está condicionada a que se firme definitivamente el Convenio con la Diputación General de Aragón. Por si dicha firma no se produjera, en la propuesta de presupuestos del Colegio para 1999 se incluye una partida que permitiría abonar el Servicio en las mismas condiciones que los restantes Servicios de Orientación Jurídica. Caso de no aprobarse dicha partida presupuestaria por la Junta General, el Colegio sólo garantiza el pago de los gastos de desplazamiento a la prisión de Daroca (___.- pesetas por viaje desde Zaragoza).