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Circular 20/1996 de 24 de junio


 
REAL DECRETO-LEY 5/1996

          La Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía, reunida en Granada el día 14 de junio, avalando las medidas provisionalmente acordadas en nuestro Colegio y comunicadas en anterior circular, acordó establecer los trámites del Convenio Multilateral de Interhabilitación como la vía adecuada para ejercitar la Colegiación Única. 

              ...Según la nueva redacción del artículo 3. 4 de la Ley de Colegios Profesionales, desde el 9 de junio de 1996 los Abogados que ejerzan ocasionalmente en el territorio de un Colegio de Abogados diferente de aquél a que estuviesen incorporados, habrán de comunicar el asunto en que vayan a intervenir al Colegio en cuyo ámbito haya de desarrollarse, a fin de quedar sujetos, con las condiciones económicas al efecto establecidas, a las competencias de ordenación, control deontológico y potestad disciplinaria del mismo. La comunicación se hará a través del Colegio a que estuviesen incorporados.
          Como quiera que la Asamblea de Decanos de la Abogacía Española, anticipándose a los criterios del actual Decreto-Ley, aprobó un convenio de habilitación intercolegial recíproca, cuya voluntaria inscripción recomendó, la comunicación que ahora se establece se acomodará imperativamente a tal convenio. 

          Dicho convenio se aplicará con arreglo a los procedimientos y términos que con carácter general aprobó dicha Asamblea de Decanos y están vigentes. 
  
  

CONDENAS EN COSTAS

          Tras la eliminación de los honorarios mínimos por el citado Real Decreto-Ley, creemos oportuno recordar a todos los colegiados que las cantidades establecidas en las normas orientativas de honorarios siguen siendo los que han de utilizarse cuando se produce condena en costas y ha de pasarse minuta a la parte contraria. 
  
  

PRESENTACIÓN DE CUENTAS ANUALES DE SOCIEDADES

          Debiendo efectuarse el próximo mes de julio la correspondiente al ejercicio 1995, por gentileza del Registrador Mercantil de Zaragoza, Don Julián Muro, adjuntamos un folleto explicativo de los errores más frecuentes que suelen darse en dicha presentación, a fin de facilitar la confección de la misma. 
  
  

SOLICITUD DE PROFESORES

          Tras el éxito del Primer Curso de Formación para la profesión de Abogado, estamos organizando el segundo año académico, en el que se impartirán dos cursos: un nuevo Primero y el Segundo año del que acaba de finalizar. Nuestra intención sigue siendo el contar con un cuadro de profesores amplio y flexible. Por ello, aunque contemos con las ofertas remitidas el año pasado para completar nuestras necesidades, si alguien no remitió su disponibilidad y está interesado en optar, puede remitir un escrito indicándolo y especificando cual es la materia de su preferencia. En cualquier caso será requisito indispensable tener un mínimo de 8 años de ejercicio profesional. 
  
  

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

          La tramitación de expedientes disciplinarios es una consecuencia lógica en un sistema de Derecho que la Abogacía siempre ha defendido y reivindicado. Es normal, pues, que toda queja recibida dé lugar a un procedimiento de Información Previa que acaba con el archivo motivado de la denuncia, si resultó infundado, o con la apertura del correspondiente expediente disciplinario si se llega a la conclusión de que la misma puede tener sentido. Es una actividad tan necesaria, como poco grata, y afortunadamente la mayoría de los compañeros así lo entienden, y comprenden que tanto como a ellos les molesta, desagrada a la Comisión de Deontología, instructores y secretarios el tener que realizarla. Repetimos que el sentido común y la corrección habitual es la tónica normal en todos los compañeros, facilitando hacer lo que hay que hacer. No obstante, la excepción confirma la regla, siempre se produce algún caso conflictivo en el que surgen problemas derivados de la dificultad en realizar notificaciones o posturas poco respetuosas hacia el personal que se hace cargo administrativamente de los expedientes. 

          Conscientes de la necesidad de tomar medidas al respecto, la Junta de Gobierno ha acordado concretar los siguientes extremos del actual Reglamento de Procedimiento Disciplinario: 

          Prevista la vista de los expedientes en el artículo 14 como un derecho a ejercitar en el momento de formular alegaciones a la propuesta de resolución, la vista del expediente en cualquier momento de tramitación distinto al citado podrá acordarse por el instructor a petición del interesado y se efectuará en todo caso en presencia del citado instructor, el secretario del expediente o el Diputado de Guardia, en el día y hora que se fije por el primero, quien también resolverá sobre cualquier petición de entrega de copias o certificaciones de documentos obrantes en un expediente, que también deberán ser solicitadas por escrito. 
  
  

IV CURSO DE DERECHO COMUNITARIO

          Un año más, gracias a la colaboración de la Diputación General de Aragón, el Colegio se complace en convocar el Curso de Derecho Comunitario, en el que se admitirán matrículas para la totalidad del mismo o para alguno de los módulos que lo componen. El Curso de desarrollará según el programa adjunto, está subvencionado para los Abogados que lleven menos de 5 años de ejercicio o residan en localidad de la provincia distinta de Zaragoza capital y se limitará la matrícula a las 25 primeras inscripciones que se formalicen. 

          En la misma línea de extender el conocimiento de las instituciones comunitarias, hemos organizado un Seminario de introducción al tema para los días 4 y 5 de julio, según el programa que se acompaña. 
  
  

CONVOCATORIAS RECIBIDAS

          IX Congreso Estatal de Abogados Jóvenes.- Se ha convocado en la ciudad de Valencia para los días 5-7 de diciembre próximos. Hay folletos informativos en el Colegio. 

          Master en Auditoría 1996-1997.- Se impartirá en la Facultad de Ciencias Económicas y empresariales de Zaragoza a partir de noviembre de 1996, en cinco módulos que se desarrollarán hasta octubre de 1997 según el programa adjunto. 

          Primer Premio de la Asociación Española de Abogados de Familia.- Dotado con 100.000.- pesetas está destinado a trabajos entre 15/20 folios. (Más información en Tablón de anuncios). 
  
          Un cordial saludo. 
  
  

EL DECANO