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Circular 19/1995 de 27 de junio


 
BASTANTEOS

          En la línea expuesta en la Circular nº. 6, de 21 de febrero, y tras la realización de la reunión informativa a que en la misma se hacía mención, la Junta de Gobierno estimó oportuno tener una referencia más exacta sobre el grado de cumplimiento de la obligación de bastantear los procedimientos, actuaciones profesionales y colocar las pólizas ordinarias y sustitutivas de la Mutualidad General de la Abogacía. Con dicha finalidad, en el mes de marzo se realizó una comprobación de todas las demandas presentadas en la oficina de reparto del Juzgado Decano y a lo largo del mes de junio se ha completado con una inspección en los Juzgados de Primera Instancia y en las Salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

          Fruto de dicho seguimiento ha sido comprobar que el grado de incumplimiento es excesivo, no tanto por falta de bastanteo, sino por no ajustarse muchos bastanteos a los importes legalmente establecidos y vigentes en nuestro Colegio. Insistimos en lo dicho en la precitada circular de febrero. En la situación que está produciendo el que la recaudación por pólizas de la Mutualidad sea inferior al importe total de las prestaciones que se abonan en Zaragoza y la absoluta necesidad de tomar todos conciencia de ello y poner fin a tal estado de cosas por la sencilla vía de cumplir con nuestra colaboración con el colectivo.

          Por ello, la Junta de Gobierno ha estimado oportuno hacer llegar a todos los colegiados la siguiente comunicación:

          .- Recordar que bastantear los procedimientos, cumplimentar los apoderamientos apud acta, aceptaciones de defensa penal y actividades profesionales en general, con los derechos colegiales y pólizas de la Mutualidad, es una obligación responsabilidad del Abogado, sin perjuicio de su habitual realización material por los Procuradores, como aportación a las cargas profesionales.

          .- Que las normas vigentes en materia de bastanteos y pólizas de la Mutualidad están recogidas en la página 25 de la Guía Judicial de 1995 y son de obligado cumplimiento.

          .- El Colegio ha elaborado un documento único para sustituir a las estampillas adhesivas. Dicho documento se viene entregando a los Letrados habilitados procedentes de otros Colegios y desde el próximo día 1 de julio será de utilización obligatoria en todos los procedimientos que se sigan en los Juzgados de los Partidos Judiciales de la Provincia, con independencia del lugar de residencia del Letrado director del asunto, excepto en Zaragoza capital, donde seguirán utilizándose las estampillas adhesivas sin perjuicio de la posibilidad de adquirir el documento único quienes lo deseen.

          .- Que se revisan todos los procedimientos remitidos al Colegio para impugnaciones, consultas o solicitudes de informes sobre honorarios, que deben ir bastanteados y con las pólizas de la Mutualidad que corresponden en coherencia con la cuantía del procedimiento y la tomada como base para minutar o impugnar.

          .- Se están remitiendo cartas a todos los colegiados en cuyos procedimientos se detecta alguna deficiencia y rogamos encarecidamente que sean atendidas por interés de todo el colectivo.

          .- La Junta de Gobierno está estudiando fórmulas similares a las existentes en otros colectivos que permita primar la solidaridad de los colegiados que bastantear correctamente sus procedimientos, principalmente como justa compensación respecto de aquellos colegiados que por no basar su labor profesional en la actuación ante los Tribunales, no contribuyen en la misma forma a las carga profesionales, aunque sí se benefician de los servicios comunes.
 
 

PARTIDOS JUDICIALES

          En la línea iniciada de facilitar el ejercicio profesional en los partidos judiciales de la provincia y las relaciones entre los Abogados en ellos residentes y el Colegio, la Junta de Gobierno acordó en su día establecer delegaciones oficiales en todos ellos y solicitar de los compañeros residentes la propuesta de un delegado. Atendiendo dicho planteamiento, todos los partidos judiciales han remitido sus propuestas, decididas por elección, que han sido aceptadas por la Junta de Gobierno. Como consecuencia de ello, han quedado nombrados delegados oficiales del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, los siguientes compañeros:

          Partido Judicial de Calatayud:
          D. Javier Clemente Palomares, Plaza del Fuerte, 15, 10. Tf. 882404 Calatayud

          Partido Judicial de Ejea de los Caballeros:
          D. David Arbués Aisa, Libertad, 3, 10, d. Tf. 661600 Ejea de los Caballeros

          Partido Judicial de Tarazona:
          D. Juan Francisco Vidal Lancis, Marrodán, 34, 30, d. Tf. 644399 Tarazona

          Partido Judicial de Caspe:
          D. Antonio Fraguas Bordonaba, Santa Lucía, 2, 21. Tf. 630780 Caspe

          Partido Judicial de Daroca:
          D. Luis Nivela Sáinz, Avda. de Goya, 8. Tf. 620072 Cariñena

          Partido Judicial de La Almunia de Doña Godina:
          D. Fausto Moya Cerdán, Ortubia, 20. Tf. 600819 La Almunia de Doña Godina

          Un cordial saludo. 
 

 
EL DECANO