Página Principal del R.e I.C.A.Z.
 
Circular 32/1994 de 25 de octubre


 
TURNOS DE OFICIO Y SERVICIOS DE ORIENTACIÓN JURÍDICA
 
Estimada/o compañera/o: 

          Desde hace unos años, viene siendo habitual en estas fechas el convocar un período de adscripción a los Turnos de Oficio y Asistencia al Detenido, que como sabéis son Servicios atribuidos por ley a los Colegios de Abogados, que se financian mediante una subvención recogida en los Presupuestos Generales del Estado y que semestralmente libra el Ministerio de Justicia e Interior al Consejo General de la Abogacía para su distribución entre los Colegios de Abogados. 

          Paralelamente, el Colegio ha ido firmando diversos Convenios con la Diputación General de Aragón, mediante los cuales y con la financiación del Gobierno Autónomo, se han puesto en marcha varios Servicios pensados para asistir y orientar jurídicamente a aquellos colectivos que por sus especiales circunstancias pueden encontrar alguna dificultad a la hora de saber cuales son sus derechos y cómo pueden ejercitar o defender los mismos, en las condiciones de igualdad avaladas por la Constitución 

          Este año hemos querido unificar la convocatoria y coordinar el acceso a todos los servicios que se prestan a los ciudadanos desde el Colegio, abriendo al mismo tiempo todas las convocatorias para que los interesados puedan conocer el panel de posibilidades que se ofrecen para 1995 y estableciendo una serie de limitaciones e incompatibilidades que permitan que los Servicios sean prestados en las mejores condiciones posibles. 

          Junto al carácter abierto de los Turnos de Oficio y Asistencia al Detenido, hemos establecido un número limitado de adscripciones en cada uno de los cuatro Servicios de Orientación Jurídica previstos, en función de la necesidad de atención que cada uno precisa y que nos ha puesto de relieve la experiencia. Al mismo tiempo y para que puedan adscribirse el mayor número posible de colegiados, los cuatro servicios de Orientación Jurídica son incompatibles entre sí. En definitiva, los interesados pueden solicitar la adscripción a las listas del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido y/o al Servicio de Orientación Jurídica que estimen más apropiado para su actividad profesional. 

          Adjuntamos a la presente circular un impreso relativo a las condiciones de acceso a cada uno de los Servicios y un Boletín de Adscripción que los interesados deberán entregar relleno y firmado en las oficinas del Colegio. En dicho Boletín figuran los compromisos básicos generales a que se comprometen los solicitantes, sin perjuicio de que en las oficinas del Colegio puedan consultarse los Reglamentos de cada uno de los Servicios. 

          El plazo de presentación del Boletín de Adscripción finalizará a las 21 horas del día 30 de noviembre. 

          Al margen de los requisitos específicos para cada Servicio, y las que consten en el propio boletín de adscripción, existen unas lógicas condiciones generales, sin cumplir las cuales no debe presentarse la solicitud. 

          Es preciso ser colegiado en ejercicio del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, con residencia y despacho profesional abierto en la provincia, disponer de teléfono, asumir personalmente la prestación del Servicio y no ser contratado laboral o administrativo, ni funcionario, de ninguna empresa o administración pública. 

          La Junta de Gobierno somos conscientes de que los Servicios de Turno no son remunerados conforme al trabajo que realmente plantean, ni su prestación es todo lo satisfactoria que cabría desear, por lo que estamos trabajando muy seriamente con el Consejo General de la Abogacía para mejorar las condiciones de intervención de los abogados. Confiamos en que para 1995 esté en vigor un nuevo Decreto regulador del acceso al Turno de Oficio y al beneficio de Justicia Gratuita, que permita controlar la concesión de este último y eliminar del Turno todos aquellos casos que realmente no deberían acceder al mismo. Simultáneamente, el tema del Turno configura una de las cuatro ponencias que se discutirán en el Congreso Nacional de la Abogacía, que tendrá lugar en La Coruña en septiembre de 1995. 

          Mientras tanto, todos hemos de tener presente que dichos Servicios constituyen la principal imagen pública de la profesión, para bien y para mal, por lo que esperamos de quienes voluntariamente se adscriben, su esfuerzo y dedicación para que esa imagen sea la mejor. 

          Un cordial saludo. 
  
  

EL DECANO
  
 


 
SERVICIOS DE LOS TURNOS DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO
 
          La Constitución española prevé el Derecho de todo ciudadano a acceder a la Justicia en condiciones de igualdad y sin que pueda producirse indefensión. La defensa letrada por Turno de Oficio es el sistema previsto por nuestra legislación para garantizar dicho derecho a quienes no están en condiciones de costeárselo libremente, y es obligación y responsabilidad de los Colegios organizar y garantizar dicha defensa de oficio. 

          El número de colegiados del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza permite organizar con voluntarios un Servicio que, en otro caso, debería ser obligatorio para todos los colegiados, como ya lo fue desde tiempo inmemorial y hasta no hace tantos años. Al mismo tiempo, y desde no hace más de dos décadas, el Estado subvenciona una parte, escasa, es cierto, del coste profesional de un Servicio, que todavía muchos de nuestros compañeros llegaron a prestar gratuitamente y como timbre de honor profesional. Dicha subvención se libra por semestres vencidos y es distribuida por el Colegio una vez la recibe del Consejo General de la Abogacía. 

          El Turno de Oficio y Asistencia al Detenido se compone de 8 listas, en cada una de las cuales se turnan los asuntos que jurisdiccionalmente le corresponden, siguiendo el orden estricto de los Letrados que figuran adscritos a dicha lista. Los interesados pueden adscribirse a todas las listas o sólo a las que estimen más relacionadas con su actividad profesional habitual, comunicándose por el Colegio al despacho del Letrado los turnos que le van siendo turnados. 

          Mención especial merece el turno de Asistencia al Detenido, unido de forma indisoluble a la lista de penal general y a la lista de extranjería, pues obliga a la prestación de una guardia de 24 horas, integrado en un grupo de seis compañeros y ocupando por turno la responsabilidad de jefe de guardia. 
 
 

CONDICIONES DE ADSCRIPCIÓN

          No existe limitación en el número de adscritos. El Servicio es compatible con la pertenencia a cualquiera de los Servicios de Orientación Jurídica. 

          Requisitos: Reunir una de las siguientes condiciones. 
                    - Tener realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio (1). 
                    - Haber pertenecido ya al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido. 

          (1) Excepcionalmente en esta convocatoria y dada la imposibilidad de que el Curso de Acceso finalice antes de cumplirse el plazo de adscripción al Turno, se admitirán los Boletines de Adscripción de quienes acrediten haberse matriculado en el citado Curso de Acceso, sin perjuicio de que su incorporación efectiva al Turno se produzca una vez finalizado satisfactoriamente dicho Curso. 

          El Servicio es coordinado directamente por el Diputado de la Junta de Gobierno responsable del Turno, con el apoyo de la Comisión de turnos. 
 
 



 
SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA (S.O.J.)
 
          El Servicio es fruto de un Convenio tripartito suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y la Diputación General de Aragón el 25 de febrero de 1991, con carácter bianual y renovado el 1 de marzo de 1993. 

          En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el funcionamiento del Servicio, que se realiza por Letrados del Colegio de Abogados en una dependencia del edificio de los Juzgados, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. 

          El servicio se presta diariamente, de lunes a viernes, excepto durante el mes de agosto, de 9 a 13 horas, en un despacho del edificio de los Juzgados, atendido cada día por dos letrados, en turnos de 9 a 11 horas y de 11 a 13 horas. 

          El objeto del Servicio es orientar y encauzar las consultas verbales de los ciudadanos que precisan realizar alguna actuación ante los órganos jurisdiccionales o administrativos, orientándoles hacia el órgano, entidad o persona competentes para atender o resolver la cuestión de fondo, quedando excluida la tramitación del asunto o evacuar consultas sobre el fondo de la materia. 
 
 

CONDICIONES DE ADSCRIPCIÓN

          Número máximo de adscritos: 80. 

          Requisitos: Reunir una de las siguientes condiciones. 
                    - Tener realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. 
                    - Tener un mínimo de 2 años de experiencia en el Turno de Oficio. 
                    - Tener 5 años de ejercicio profesional. 
                    - Haber pertenecido ya al S.O.J. 

          Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional a los solicitantes. 
 
 

CONDICIONES DEL SERVICIO

          El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente. Con la subvención actual, la retribución del Servicio sería de 8.000.- pesetas por día de prestación. 

          El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos. 

          Nota importante: El actual Convenio finaliza su vigencia el 28 de febrero de 1995, por lo que en principio el Servicio no entraría en funcionamiento antes del primero de marzo de 1995 y siempre que se renueve el Convenio. No obstante, la comisión de Turnos de la Junta de Gobierno se reserva la posibilidad de adelantar o modificar las condiciones del Servicio en función de las necesidades del mismo. 
 
 



 
SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA A LA MUJER (S.A.M.)
 
          El Servicio es fruto de un Convenio entre El Real e Ilustre Colegio de Abogados y el Instituto Aragonés de la Mujer, de la Diputación General de Aragón, suscrito el 1 de junio de 1993 y renovado en 1994. 

          En virtud de dicho convenio, la Diputación General de Aragón financia la prestación del Servicio, que se realiza por Letrados del Colegio de Abogados en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer. 

          El servicio se presta diariamente, de lunes a viernes, en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer en horas de 16’30 a 19’30 horas. 

          El objeto del Servicio es orientar y encauzar las consultas verbales de las mujeres en los distintos órdenes, pero en especial en asuntos derivados de malos tratos o agresiones sexuales, orientándolas hacia el órgano, entidad o persona competentes para atender o resolver la cuestión de fondo, quedando excluida la tramitación del asunto o redacción de documentos. 
 
 

CONDICIONES DE ADSCRIPCIÓN

          Número máximo de adscritos: 50. 

          Requisitos: Reunir una de las siguientes condiciones. 
                    - Tener realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. 
                    - Tener un mínimo de 2 años de experiencia en el Turno de Oficio. 
                    - Tener 5 años de ejercicio profesional. 
                    - Haber pertenecido ya al S.A.M.A., (denominación anterior del Servicio) 

          Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional a los solicitantes. 
 
 

CONDICIONES DEL SERVICIO

          El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente. Con la subvención actual, la retribución del Servicio sería de 8.000.- pesetas por día de prestación. 

          El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos al mismo. 
 
 



 
SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA A INMIGRANTES (S.A.O.J.I.)

          El Servicio es fruto de un Convenio suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza con la Diputación General de Aragón el 7 de diciembre de 1992, renovado y ampliado en 1994 a los Colegios de Abogados de Huesca y Teruel. 

          En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el Servicio, que se presta por Letrados del Colegio de Abogados en una doble modalidad de intervención: Letrados consultores, que realizan su actividad en dependencias de la Diputación General de Aragón, y Letrados tramitadores, que prestan el Servicio desde sus propios despachos. 

          El Servicio de consultores se presta tres días a la semana, lunes, miércoles y viernes, de 16’30 a 19’30 horas, en las indicadas dependencias de la Diputación General de Aragón. Los Letrados tramitadores están de guardia, en idéntico horario, un día, con la periodicidad que de su número resulte, durante el cual han de estar localizables por parte del Letrado consultor, a fin de que les pueda remitir aquellos asuntos cuya tramitación haya de llevarse a cabo. 

          El objeto del Servicio es garantizar a los inmigrantes la asistencia y orientación jurídica necesarias y la inmediata intervención profesional si procede, en orden a salvaguardar los derechos que les reconoce el Estado español. 
 
 

CONDICIONES DE ADSCRIPCIÓN

          Número máximo de adscritos. 
                    - Letrados consultores: 6. 
                    - Letrados tramitadores: 50. 

          Requisitos: 
                    1º) Reunir una de las siguientes condiciones. 
                              - Tener realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. 
                              - Tener un mínimo de 2 años de experiencia en el Turno de Oficio. 
                              - Tener 5 años de ejercicio profesional. 
                              - Haber pertenecido ya al S.A.O.J.I. 
                    2º) Conocimiento de idiomas (especialmente francés) 
                    3º) Conocimiento y experiencia en legislación de Extranjería. 

          Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional a los solicitantes, en el que se valorará especialmente el grado de cumplimiento de los requisitos 2º. y 3º. 
 
 

CONDICIONES DEL SERVICIO

          El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio previsible de: cada dos semanas los consultores y cada 2 meses los tramitadores. Con la subvención actual, la retribución del Servicio sería de 15.000.- pesetas, por día de prestación, para los consultores; y 3.000.- pesetas por guardia, más 3.500.- pesetas por trámite, para los tramitadores. 

          El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos al mismo. 
 
 



 
SERVICIO DE ORIENTACIÓN PENITENCIARIA (S.O.P.)

          El Servicio de Orientación Penitenciaria es un Servicio en gestación, entre el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, la Diputación General de Aragón y el Ministerio de Justicia e Interior, que funcionaría financiado por el Gobierno Autónomo y prestado por Letrados del Colegio de Abogados, en dependencias facilitadas por el Ministerio en los Centros Penitenciarios existentes en la provincia de Zaragoza. 

          El objeto del Servicio sería facilitar a los internos en Centros Penitenciarios, información, orientación y asistencia sobre la legislación penitenciaria, cumplimiento de penas, acceso al Turno de Oficio y derechos en general de los internos. La prestación del Servicio se realizaría en los Centros Penitenciarios con una duración prevista de 2 horas por prestación y una frecuencia de 2-3 días semanales, siendo a cargo del Servicio los gastos de desplazamiento a los Centros situados fuera del Partido judicial de residencia del Letrado. 
 
 

CONDICIONES DE ADSCRIPCIÓN

          Número máximo de adscritos: 32. 

          Requisitos:  
                    1) Reunir una de las siguientes condiciones. 
                              - Tener realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. 
                              - Tener un mínimo de 2 años de experiencia en el Turno de Oficio. 
                              - Tener 5 años de ejercicio profesional. 
                    2) Dadas las condiciones del Servicio, se valorará especialmente el disponer de
                        vehículo para los desplazamientos. 

          Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional a los solicitantes. 
 
 

CONDICIONES DEL SERVICIO

          El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente La retribución del Servicio está pendiente de fijar en función del Convenio que se firme. 

          El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. 

          Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos al mismo. 

          Nota importante: El presente Servicio está en fase de gestación, pendiente por consiguiente de que se firme el Convenio y pueda ponerse en marcha, por lo que no es posible en estos momentos adelantar qué día concreto entrará en funcionamiento.