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Carta del Decano
 
  
ACTUALIDAD JURÍDICA Y MUNDIAL
  

          Aunque haya transcurrido cierto tiempo, considero obligado hacer referencia en primer lugar a los brutales atentados de Nueva York y Washington ocurridos el pasado 11 de septiembre. Por una parte creo que los mismos marcan un hito, por su magnitud en número de víctimas y daños causados, y por su valor simbólico habida cuenta de los lugares alcanzados. Y por otra parte sus consecuencias, que serán muy graves, están aún muy lejos de sernos conocidas. Pero el fenómeno del terrorismo, contra lo que parecen pensar algunos, no es nuevo, como tampoco lo es la necesidad de la lucha implacable contra el mismo. España, que viene padeciendo desde hace más de treinta años un terrorismo racista, tan cruel como irracional, está más legitimada que nadie para exigir que las fronteras nacionales no sean obstáculo para la persecución y enjuiciamiento de los criminales a los que nunca habrían de aprovechar excusas políticas. Ahora bien, como juristas y como abogados debemos también exigir que la lucha contra el terrorismo, que, insisto, ha de ser implacable, se conduzca sin merma de los derechos y libertades fundamentales consagrados por las Constituciones y Tratados Internacionales. Ello es lo que legitima moral y jurídicamente a las sociedades civilizadas y lo que las distingue, a ellas y a sus instituciones, de las organizaciones de criminales y de las que les dan cobertura política.

          La Abogacía española ha generado en estos meses más noticias, en este caso afortunadamente positivas, que en varios años anteriores. En primer lugar es de destacar la elección a la Presidencia del Consejo General de la Abogacía Española de nuestro compañero y anterior Decano, Carlos Carnicer Diez. A esta elección, que como abogados zaragozanos nos llena de alegría, dedicamos la portada y varias páginas de este boletín. También debe destacarse como éxito de la Abogacía, la designación del anterior Presidente del Consejo, Eugenio Gay Montalvo, como Magistrado del Tribunal Constitucional. 

          La publicación y entrada en vigor del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española aprobado por RD 658/2001 de 22 de junio, ha de valorarse positivamente sin ocultar sus carencias, como la insatisfactoria regulación de la incompatibilidad entre auditores y abogados. El Estatuto viene a recoger y sistematizar, dando con ello seguridad jurídica, diversas materias relativas al ejercicio profesional como la colegiación única, el ejercicio colectivo de la Abogacía, los despachos pluridisciplinares, la venia, la publicidad y otras, en forma más acorde a la realidad social en que desarrollamos nuestro trabajo. Queda pendiente la gran cuestión del acceso a la profesión cuya falta de regulación nos distingue (negativamente) de nuestros compañeros europeos y americanos. Sobre ello tendremos que volver.

          El Real Decreto 1162/2001 de 26 de octubre que modifica el artículo 29 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita respecto de los gastos de infraestructura necesaria para la misma, viene a paliar la injusticia que suponía que los abogados, además de prestar un servicio público insuficientemente retribuido, tuviésemos que soportar los déficits que su prestación ocasiona.

          Finalmente, he de citar el Real Decreto 936/2001 de 3 de agosto que traslada al Ordenamiento Jurídico español la Directiva 9015/CEE sobre la actuación de los abogados en el ámbito europeo. Se trata de un paso más en la desaparición de las fronteras estatales como límites territoriales a la actividad profesional. Debemos prepararnos para tener más competencia pero también se nos brindan más posibilidades para ejercer nuestra profesión. Espero que sepamos aprovecharlas.
  
  

Francisco Javier Hernández Puértolas