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VI JORNADAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGUROS

          El 2 y 3 de febrero se celebraros las Sextas Jornadas de Responsabilidad Civil y Seguros organizadas por la Comisión de Derecho de la Circulación, Responsabilidad Civil y Seguros. No es nada nuevo, porque nos tienen ya acostumbrados a ello, decir que las Jornadas fueron un verdadero éxito de participación y de contenido. Fueron presididas por el nuevo Decano en su primer acto colegial como Decano tras su toma de posesión y contaron con la presaencia del Juez Decano de Zaragoza, Ilmo Sr. D. Luis Ignacio Pastor Reisach. El Presidente en funciones de la Comisión, D. Carlos Sánchez Noailles, dió la bienvenida a los 235 jornadistas que durante día y medio participaron activamente en el debate de las ponencias que suponemos serán objeto de un amplio resumen en el próximo Boletín de la Comisión
 
 

EL COLEGIO PRESENTA ALEGACIONES
AL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

          En varias zonas del suelo urbanos se limita la situación al uso de oficinas y despachos en plantas distintas a las de semisótano, baja y primera a los despachos profesionales en la vivienda del titular. El resto de despachos profesionales existentes en dichos ámbitos quedan considerados por aplicación del artículo 2.7.17 de las Normas como "uso tolerado", con las limitaciones que tal calificación produce, especialmente por lo que respecta a la transmisión de dichos despachos.

          Con todo ello no sólo se menoscaba los derechos de los titulares de despachos profesionales, si no que se limita enormemente la creación de nuevos despachos en una parte muy significativa de la ciudad. Es de suponer que la medida se adopta con objeto de evitar una "terciarización" excesiva del centro de Zaragoza, pero olvidando tres cuestiones fundamentales:

  • La conveniencia de ubicar en el centro los despachos profesionales ha evitado el deterioro de muchos edificios. En cualquier caso, estos despachos, en la medida en que atraen a los clientes, son un factor positivo en la generación de vida en el centro de las ciudades.

  • Dada la ubicación en el centro de la ciudad de la mayoría de los centros oficiales en los que los profesionales llevan a cabo una parte importante de su actividad, el alejamiento del centro de los despachos profesionales ocasionaría nuevos e importantes problemas de tráfico y de estacionamiento.

  • Las peculiares circunstancias que concurren en el ejercicio profesional de la abogacía que requieren habitualmente la realización de actuaciones inmediatas y urgentes ante los órganos judiciales en defensa de derechos que pueden estar siendo conculcados y cuya defensa no permite demora alguna, aconsejan más si cabe el que los despachos se encuentren en el centro de la ciudad y cerca de los Juzgados, audiencia Provincial y Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

  • La medida pretendida es, además y en opinión de esta Corporación, ilegal, por cuanto conculca lo dispuesto en el Real Decreto Ley 2/85, de 30 de abril, de Ordenación Económica, plenamente vigente en la actualidad cuyo artículo 8º permite expresamente la transformación de vivienda en locales de negocio, sin otras limitaciones que las estatutarias y el 40% de la superficie útil en las edificaciones protegidas.

          En consecuencia y en opinión del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, debe eliminarse toda restricción a la plena compatibilidad de oficinas o despachos profesionales de abogados con viviendas, ajustando el documento a la legalidad vigente."